creacion sociedad limitada
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Si has decidido crear una empresa sabrás que existen varias formas: empresas que tienen personalidad jurídica tales como las SL (sociedades limitadas) o SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada) como las que no la tienen, los denominados autónomos de toda la vida.

En este artículo nos centraremos en los pasos y plazos para la creación de una Sociedad Limitada.

Hoy en día la forma más rápida y económica para la creación de una sociedad limitada es realizarla a través de un Centro PAE (Punto de Atención al Emprendedor) homologado por el Ministerio de Economía e Industria como el que disponemos en nuestra asesoría debido a que todo el proceso se realiza de manera telemática a través de un único documento electrónico (DUE). El plazo para la constitución de una sociedad limitada de este tipo se encuentra entre 2 y 4 días hábiles, dependiendo de si ya tenemos asignado un nombre a nuestra empresa o tenemos que solicitarlo al Registro Mercantil Central.

En caso de creación de una sociedad limitada sin realizar todos los pasos de manera telemática los plazos pasan a ser de 15 a 20 días hábiles.

Los pasos para la creación de una Sociedad Limitada son los siguientes:

  1. Solicitud de nombre de la Sociedad Limitada al Registro Mercantil Central.

Para registrar el nombre de tu empresa deberás solicitarlo al Registro Mercantil Central (RMC). Puedes realizar esta solicitud a través de su página web www.RMC.es poniendo en la solicitud el nombre completo de uno de los socios fundadores de la empresa y 5 posibles nombres de tu empresa en orden de preferencia. Si alguno de ellos no estuviera ya asignado, el RMC os lo reservará por un plazo de 6 meses aunque para poder constituir ante notario se tendrá un plazo de 3 meses. Pasado ese plazo se tendrá que solicitar la renovación del nombre para poder constituir la sociedad ante notario.

También puedes obtener un nombre para tu empresa de una bolsa de denominaciones con nombres ya asignados previamente por el Registro Mercantil central. La solicitud y obtención del nombre es automático y se puede realizar en la propia web del RCM.

 Plazo: 48 horas hábiles desde que se realiza la solicitud o al instante si se obtiene el nombre de la bolsa de denominaciones.

     2.      Aportación del Capital Social.

Una vez obtenido el nombre de nuestra empresa, el socio o socios realizan la aportación al capital social. Esta aportación se puede realizar a través de aportaciones dinerarias (se abre una cuenta bancaria a nombre de la sociedad y se ingresa dinero metálico) o a través de aportaciones no dinerarias (el socio aporta un bien tangible de su propiedad)

 Plazo: El tiempo que tarden los socios en realizar la apertura de la cuenta y la aportación al banco (normalmente 24 horas) o de proporcionar los datos de las aportaciones no dinerarias.

 3.      Escritura pública de la Constitución de la Sociedad ante Notario.

 Tras realizar la aportación al capital social los socios deben redactar las nomas por las que la Sociedad Limitada se va a regir. Estas normas son los Estatutos de la Sociedad. Esta tarea normalmente se le asigna a un abogado o al propio notario.

Cabe destacar que los Estatutos Sociales deben de tener unos contenidos mínimos tales como el nombre de la sociedad, la actividad a la que se va a dedicar la sociedad, el domicilio social, el capital social  y el sistema de administración de la sociedad entre otros.

Posteriormente se va al notario para elevar a público estos acuerdos de constitución de la sociedad limitada.

Plazo: El plazo máximo que tiene el notario para tener la escritura preparada una vez firmada y enviarla al registro mercantil es de 12 horas hábiles en caso de hacerlo a través de un punto PAE y de 2 meses si es por otra vía. En la práctica el notario suele tardar un par de días en tener la escritura preparada para poder enviarla al Registro mercantil si se hace por una vía que no es a través del centro PAE.

4.      Solicitud CIF provisional y liquidación de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Elevada a publico la escritura de constitución de la empresa se procede a la solicitud ante la Agencia Tributaria del CIF provisional o Numero de Identificación Fiscal de la Sociedad Limitada y la presentación y liquidación del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales. Con la aprobación del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, quedaron exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados la constitución de sociedades Limitadas por lo que no supone un coste adicional para el empresario.

 Plazos: 6 horas hábiles en caso de hacerlo a través de un punto PAE o lo que tarde el asesor, abogado, notario en realizarlo si se hace por otra vía. En la práctica suelen tardar 24-48 horas.

 5.      Registro de la Sociedad en el Registro Mercantil correspondiente.

 La escritura de constitución de la sociedad Limitada ha de inscribirse en el Registro Mercantil de la provincia en la que se ha fijado el domicilio social de la empresa. El plazo máximo para su presentación es de dos meses desde que se ha escriturado ante notario.

 Plazos: El plazo máximo para que el registro mercantil califique la escritura positiva o negativamente desde su recepción telemática es de 6 horas hábiles en caso de hacerlo a través de un punto PAE y de 15 días hábiles en caso de hacerlo por cualquier otra vía.

 6.      Tramites en hacienda y Seguridad Social

Cuando tenemos la escritura registrada en el Registro Mercantil lo siguiente es la solicitud ante la Agencia Tributaria del CIF definitivo y el alta censal de la empresa en hacienda donde se proporcionan todos los datos relacionados con la empresa y la actividad o actividades que va a realizar.

Una vez realizada el alta censal de la empresa se inscribirá la empresa en seguridad social y se darán de alta a los administradores y/o trabajadores de la sociedad.

Plazos: En caso de hacerlo a través de un punto PAE el proceso es automático. En otro caso, el tiempo que tarde la asesoría o gestaría contratada.

Nuestro equipo le ayuda en todos los pasos para la creación y puesta en marcha de su empresa asesorándole en la definición de sus iniciativas empresariales.

Para más información llámanos al +34 932 225 900 o visita nuestra oficina en Av. Diagonal 460, 2º2ª Barcelona 

 

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